Veda electoral: ¿qué se puede hacer y qué no?

El Código Nacional Electoral prevé una serie de prohibiciones desde 48 horas antes de los comicios que proponen una especie de tiempo de reflexión al votante, sin propaganda política, entre otras cosas.

El próximo domingo se llevarán a cabo en todo el país las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) y, como en cada contienda electoral, desde el viernes a las 8 de la mañana rige la veda electoral.

Según el Código Nacional Electoral, rige una serie de prohibiciones desde 48 horas antes de los comicios que proponen una especie de tiempo de reflexión al votante, sin propaganda política, entre otras cosas.

¿Qué puede hacerse y qué no en la veda?

• Queda prohibida toda actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación.

• Las redes sociales como Facebook y Twitter e Instagram no están contempladas por la legislación vigente. Los blogs y periódicos digitales sí están regulados por las normas electorales.

• No pueden publicarse encuestas ni declaraciones de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales.

• Desde doce horas antes y hasta tres horas después del cierre de los comicios se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y a partir de la medianoche previa a la elección los locales bailables deben permanecer cerrados.

• Durante las 8 y las 18 del domingo no podrán realizarse espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, fiestas teatrales y deportivas, ni toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

• A 80 metros de las mesas de votación tampoco podrán llevarse a cabo (desde doce horas del acto comicial) reuniones de electores en los domicilios, ni utilizar depósitos de armas, abrir organismos partidarios ni distribuir boletas con consignas políticas del acto comicial.

¿Qué pasa con las redes sociales?

En este punto, las redes no existían cuando se creó el Código Nacional Electoral, con lo cual se encuentran en una especie de vacío legal. Tanto Twitter, Facebook como Instagram se encuentran por fuera de la veda electoral.

Sanciones

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, en caso que la Justicia comprueba la falta. Y en el caso de los partidos y agrupaciones políticas, de no cumplir con la reglamentación, perderán el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

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