Quedó reglamentado el autocultivo de cannabis con fines medicinales

Las prepagas deberán garantizar el acceso a la marihuana medicinal


El gobierno nacional acaba de oficializar la nueva reglamentación sobre la ley Nº 27.350, llamada “Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados". La flamante norma facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos", y apunta a asegurar "el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias", permitiendo el "autocultivo o el cultivo solidario". 

La reglamentación se publicó hoy en el Boletín Oficial a través del Decreto 883/2020Dispone, como primer punto, que el programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales funcionará en el Ministerio de Salud (Dirección Nacional de Medicamentos y Tecnologías Sanitarias). 

El Programa tiene como uno de sus objetivos "la promoción dirigida a equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementación de acciones de concientización sobre el uso del cannabis y sus derivados". 

Asimismo, dispone que el Estado "brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos".

También, apunta al "desarrollo de guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad; la provisión en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicación médica y con cobertura pública exclusiva, y el impulso de investigaciones relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados".

Otro de los puntos salientes de la reglamentación es que garantiza el acceso al cannabis y sus deribados. El Estado y las obras sociales quedan obligadas a su suministro: 

"Los y las pacientes que tuvieren indicación médica para el uso de la planta de Cannabis y susderivados podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, importar especialidades medicinales debidamente registradas por la autoridad sanitaria o adquirir formulaciones magistrales elaboradas por farmacias autorizadas u otras presentaciones que en el futuro se establezcan.Aquellas personas que, además, no posean cobertura de salud y obra social, tienen derecho a acceder en forma gratuita".

Asimismo, le confiere al médico "un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes".

La nueva reglamentación viene a reemplazar la reglamentación anterior, que había sido promulgada el 6 de marzo de 2019, con Mauricio Macri como presidente, y que era muy criticada por los especialistas, porque según ellos, no terminaba con el vacío legal que sufren las familias que cultivan, que pueden afrontar penas de entre 4 y 15 años de cárcel.


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