¿Qué dice el DNU del Gobierno que prohíbe las reuniones sociales?

El Ejecutivo publicó este lunes la resolución en el Boletín Oficial, que incluye a las provincias y municipios que se encuentran en fase 5.

A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó este lunes la prohibición de reuniones sociales de todo el país hasta el próximo 16 de agosto, incluso en las provincias y municipios que se encuentran en fase 5. 

La resolución,entre otros puntos, establece la prohibición de la realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a diez (10) personas, y se menciona que los mismos deberán realizarse, preferentemente, en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a dos (2) metros, y en lugares con ventilación adecuadas.

También quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación. En el anuncio oficial del último viernes, Alberto Fernández había adelantado que quienes violen el aislamiento deberán enfrentar consecuencias penales por “favorecer la transmisión de una enfermedad”.

Asimismo, queda suspendida la práctica de cualquier deporte donde participen más de diez (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos (2) metros entre los y las participantes. Los mismos deberán realizarse, preferentemente en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente un protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a dos (2) metros, y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico al control de su cumplimiento.

La restricción a las reuniones sociales ya había sido anunciada por la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, durante el reporte diario del domingo. “En esta nueva normativa y por estos quince días hasta el 16 de agosto, se van a suspender y restringir las reuniones sociales en todo el territorio nacional para que allí donde hay brotes se puedan controlar y donde no hay y sí hay circulación por las diferentes actividades autorizadas, podamos minimizar la posibilidad de tener un brote en relación a la responsabilidad individual”.

“El riesgo aumenta en las reuniones sociales, tanto en los lugares donde está autorizado hacerlas, como donde no está autorizado y se realizan igual”, agregó Vizzotti y justificó haciendo referencia a que en esas circunstancias suelen distenderse los cuidados, como el uso de tapabocas, el lavado de manos, mantener los ambientes ventilados o los 2 metros de distancia.

De esta forma, lugares como San Luis, Mendoza, Salta o varios municipios bonaerenses, entre otros, que a raíz de su situación sanitaria se encuentran en fase 5 de la cuarentena, con una flexibilización de actividades en marcha, deben volver a prohibir las reuniones sociales.

Los cines, teatros, clubes, centros culturales, el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, y el turismo, tampoco pueden volver a la actividad.

Estas restricciones están vigentes a partir de hoy inclusive en las zonas del país donde la cuarentena no es tan estricta y funciona lo que se denominó Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

Las clases. Las clases presenciales permanecerán suspendidas en todos los niveles y en todas sus modalidades hasta tanto se disponga el reinicio de las mismas en forma total o parcial, progresiva o alternada, y/o por zonas geográficas o niveles o secciones o modalidades, previa aprobación de los protocolos correspondientes. Esto rige, inclusive, en las zonas del país donde hay Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

Medidas de protección. Las autoridades exhortaron a la población a cumplir estrictamente con las recomendaciones sanitarias de: uso obligatorio de barbijo, distanciamiento social de dos metros, lavado permanente de manos y el uso de alcohol en gel, tal como lo dispone la ley 9.240, y en caso de no hacerlo se aplicarán las sanciones correspondientes.

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