Por decreto, el Gobierno modificó la ley de ART y eliminó feriados puentes

El Ejecutivo publicó las medidas en el Boletín Oficial. Con la primera, se estableció como "obligatorio" recurrir a una comisión médica antes del reclamo. La segunda eliminó las fechas turísticas.

A través de dos decretos de necesidad y urgencia (DNU), el gobierno de Mauricio Macri modificó el sistema de las Aseguradores de Riesgo de Trabajo (ART), al establecer como "obligatorio y excluyente" la necesidad de recurrir a una comisión médica antes del reclamo judicial; y, por otro lado, eliminó los feriados turísticos y redujo a 16 los días no laborables para este año. 

El Decreto 54/2017, publicado hoy en el Boletín Oficial, establece como "obligatorio y excluyente" la actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales como "instancia administrativa previa" para el reclamo de un trabajador.

El artículo 1 instituye a las Comisiones Médicas Jurisdiccionales como "la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo".

Según se precisó, la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional "agotará la instancia administrativa" del reclamo, aunque "las partes podrán solicitar la revisión de la resolución ante la Comisión Médica Central".

En ese sentido, "el trabajador tendrá opción de interponer recurso contra lo dispuesto por la Comisión Médica Jurisdiccional ante la justicia ordinaria del fuero laboral de la jurisdicción provincial o de la Ciudad de Buenos Aires, según corresponda al domicilio de la Comisión Médica que intervino".

"En la actualidad, la mayoría de las contingencias amparadas por la Ley de Riesgos del Trabajo se reclaman a través de demandas laborales que evitan la obligatoria intervención previa de las Comisiones Medicas Jurisdiccionales", señalaron en el documento.

La norma tomó similares cambios al proyecto de ley que el año pasado consiguió media sanción en la Cámara de Senadores, pero que, según sostuvo el Ejecutivo en el Boletín Oficial, "esperar los tiempos habituales del trámite legislativo pendiente ante la Cámara de Diputados irrogaría un importante retraso, que dificultaría actuar en tiempo oportuno y obstaría al cumplimiento efectivo de los objetivos de la presente medida".

Ayer, la CGT adelantó su rechazo a esta modificación de las ART. El secretario de Prensa y Comunicación de la central gremial, Jorge Sola, consideró que la norma es "inconstitucional" porque "no están las condiciones ni de necesidad ni de urgencia".


Feriados

El Gobierno nacional también modificó por decreto el régimen de feriados nacionales, con el que redujo a 16 los días no laborables para este año, por entender que, a través de las fechas establecidas para fomentar el turismo, se "afectó" la producción y "generó dificultades" para cumplir con el ciclo lectivo.

De acuerdo a lo argumentado en el Decreto 52/2017, el Ejecutivo entendió que se había diluido el "significado simbólico" de las fechas. Por eso, el Artículo 2 establece que "los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente".

Sin embargo, explica que quedan exentos los feriados del 1° de Enero, Lunes y Martes de Carnaval, Viernes Santo, 1° de mayo, 25 de mayo, 9 de julio, 8 de diciembre y 25 de diciembre.

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