¿Luz verde para el ingreso de Farmacity en la Provincia?

La Procuraduría General de la Nación dictaminó a favor de la posición de la empresa y aunque no es determinante, es un antecedente para el fallo de la Corte Suprema. ¿Cuál fue el rol de Mario Quintana?

El dictamen de la Procuración General de la Nación que se dio a conocer ayer dio luz verde para el desembarco de Farmacity en la provincia de Buenos Aires y alertó a los farmaceúticos bonaerenses. Esta causa judicial tiene un factor político que nadie desconoce y es que quien judicializó en 2010 el conflicto con la Provincia fue el por entonces CEO de la empresa y hoy vicejefe de Gabinete de la Nación, Mario Quintana, a quien acusan desde el Colegio de farmacéuticos bonaerenses de “presionar” a la Justicia.

El origen del conflicto entre Farmacity y la provincia de Buenos Aires comenzó en 2010, cuando la empresa solicitó una habilitación para operar dentro del ámbito provincial y para abrir una sucursal en la localidad bonaerense de Pilar. La Provincia le denegó ambas solicitudes en virtud de la ley N° 10.606 que regula el funcionamiento de las farmacias en territorio bonaerense.

La razón de la negativa surgió del artículo 14 de dicha norma en la cual no contempla como propietarios de este tipo de establecimientos a las sociedades anónimas, como es el caso de Farmacity, por considerar la actividad como un “servicio de utilidad pública” que merece un tratamiento diferente a de otro tipo de actividad. Desde la empresa sostuvieron que tal norma vulnera el régimen de la libre competencia previsto en la Constitución nacional.

Justamente, el reciente dictamen del procurador interino Eduardo Casal declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 de la ley N° 10.606 y a su entender corresponde “declarar la nulidad de los actos (administrativos) locales que se fundan en el impedimento que esa norma prevé”, lo que implica que avala el establecimiento de Farmacity en la Provincia. A este dictamen favorable la empresa llegó tras varios reveses judiciales en todas las instancias de la Provincia, inclusive la Suprema Corte bonaerense.

Si bien no es vinculante, será contemplado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que tendrá la última palabra. En este caso con una conformación reducida a los ministros Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda. Se excusaron Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz “por supuestos vínculos con la empresa”.  

Por otro lado, en la parte final del dictamen, el procurador opinó que corresponde “devolver los autos al tribunal de origen a fin de que se pronuncie por la tacha de inconstitucionalidad que se endilga al artículo 3 de la ley local 10.606”. Este artículo 3 establece una serie de restricciones referentes a la localización de las farmacias “por ser una extensión del sistema de salud”. La empresa argumentó que vulnera el régimen de la libre competencia garantizado por el artículo 42 de la Constitución nacional, la ley 25.156, de defensa de la competencia, y el decreto 2284/91 de desregulación del comercio.  

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