Impuesto Netflix: se postergó el aumento hasta el 1 de abril

ARBA resolvió postergar la implementación del cobro de un impuesto a los Ingresos Brutos sobre los servicios digitales prestados desde el exterior. El gravamen había sido impulsado por el gobierno de María Eugenia Vidal y debía comenzar a regir desde el 1 de enero.


La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) resolvió la postergación del cobro de un impuesto a los Ingresos Brutos sobre los servicios digitales prestados desde el exterior, conocida como "Impuesto Netflix", hasta el 1 de abril de 2020. 

Mediante la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial de la provincia, se prorrogó hasta el 1 de abril de 2020 "la entrada en vigencia de las disposiciones establecidas en la Resolución Normativa N.° 38/19". El gravamen había sido impulsado por el gobierno de María Eugenia Vidal y debía comenzar a regir desde el 1 de enero.

La medida, que lleva la firma del director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, establece que la resolución "comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2020, inclusive" y entre los fundamentos explica que la decisión se adoptó por "razones de administración tributaria vinculadas con cuestiones operativas" y las necesarias adaptaciones que deben desarrollar e implementar los agentes de liquidación".




¿Qué es el "Impuesto Netflix"?

Durante el debate de la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva, el Gobierno nacional estableció que el impuesto a los servicios digitales que conlleven la cancelación de la tarifa correspondiente por su uso en moneda extranjera sea de un 8%.

Según especifica el artículo 17 de la ley de Solidaridad y Reactivación Productiva, para la adquisición de los productos comprendidos en el inciso M de la Ley 27.541 que hace referencia a los "servicios digitales" se tendrá que tributar un 8%. En cambio, los pasajes al exterior, la adquisición de moneda extranjera o gastos fuera del país, pagarán una alícuota del 30%.

El inciso plantea que: "Se consideran servicios digitales, cualquiera sea el dispositivo utilizado para su descarga, visualización o utilización, aquellos llevados a cabo a través de la red Internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet u otra red a través de la que se presten servicios".

Así, para la adquisición de las plataformas digitales y aplicaciones como Netflix, Spotify o Airbnb, se tributará 8% y no 30% como se estipuló en un principio.

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