El temor infundado a una nueva “Corte Menemista”

Por: Mariano Bär

El Presidente Alberto Fernández acaba de presentar el Proyecto de Reforma a la Justicia. Inicialmente estamos en presencia de un proyecto que tiene que ver con cuestiones más relacionadas a necesarios replanteos en el quehacer diario de los tribunales, como la duplicación de los juzgados federales y algunas unificaciones de competencias. Quizás lo más sustancial y sujeto a debate del anuncio será el traslado de competencias a la justicia ordinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que es algo que, por lo demás, está mandado por la Constitución Nacional desde 1994.

Como ante cada anuncio en este (ya no tan) extraño clima político, las denuncias por parte de la oposición sobre un intento de “cooptación de la justicia” surgieron ni bien terminada la presentación. En realidad, la oposición a un proyecto que ni siquiera se conoce en su letra fina comenzó hace semanas. Una postal que pinta de cuerpo entero a un sector de la dirigencia política, pero dependerá de cada lector determinar de qué la pinta. En el anuncio además se presentó a un grupo de juristas que hará de evaluador y asesor y estudiará posibles modificaciones a la organización de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y al devaluado Consejo de la Magistratura. El equipo es integrado por Carlos Alberto Beraldi, Inés Weinberg de Roca, Enrique Bacigalupo, Andrés Gil Domínguez, Gustavo Ferreyra, León Arslanian, Marisa Herrera, Hilda Kogan, Claudia Sbdar, María del Carmen Battaini y Omar Palermo, respecto de quienes las adjetivaciones y todo tipo de ponderación sobre sus capacidades y trayectorias huelgan.

Aparentemente, y este es el punto donde me interesa detenerme, una de las propuestas que vamos a conocer recién dentro de noventa (90) días es la de ampliar nuevamente la cantidad de integrantes de la Corte Suprema a nueve. Así lo manifiestan quienes se jactan de saber de futurología y no vamos a cuestionar tan notable ciencia. Nueve, igual cantidad que la “Corte Menemista” y lo que ha hecho que muchos prestigiosos (?) juristas vean en ello un intento de conformar una nueva mayoría automática.

Uno comparte temores de mayorías automáticas en cuerpos colegiados de decisiones tan trascendentales como las de la Corte Suprema. No vaya a ser que sea una ingeniería que permita que cualquier poderoso quede libre de culpa y cargo de hechos de corrupción como puede ser el contrabando de autopartes a Uruguay.

Estimado lector: si llegó hasta este quinto párrafo sin aburrirse déjeme informarle que el sueño de la nueva mayoría automática es constitucionalmente (casi) imposible. Y le voy a explicar el porqué.

Para esto primero tenemos que tener en cuenta que, para poder nombrar un ministro o una ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Constitución establece que es necesario que el Senado le otorgue su aval con el voto de 2/3 de sus miembros presentes. Desde la reforma de 1994 la Cámara de Senadores de la Nación cuenta con 72 miembros que son electos a razón de tres por cada una de las provincias y tres por la Ciudad de Buenos Aires. Además, son electos por el voto directo de los ciudadanos y las ciudadanas de cada provincia.

Con anterioridad, y hasta las elecciones del año 2001, los senadores eran electos por las Legislaturas de cada provincia y a razón de dos senadores por cada una. Pero además el acuerdo senatorial para el nombramiento de ministros y ministras de la Corte Suprema no requería ninguna mayoría agravada. Fue esto, y solo esto, lo que posibilitó la elección de Julio Nazareno (1990), Adolfo Vázquez (1995), Eduardo Moliné O'Connor (1990), Guillermo López (1994) y Antonio Boggiano (1991). En este esquema es fácil descubrir que contar con mayoría (simple) en el Senado que permitiera dar acuerdo para los nuevos jueces no resultaba dificultoso para ningún oficialismo.

El panorama hoy es totalmente distinto. Ni elección de Senadores a través de la Legislatura, ni mayorías simples para designar jueces. El número de la mayoría (senatorial) automática para acordar la designación de jueces sin necesidad de consenso es, matemáticamente, de 48 senadores. Para lograr ese número es necesario para éste, y para cualquier otro oficialismo, ganar las elecciones a Senador de las 23 provincias y de la Ciudad de Buenos Aires ya que el partido ganador obtiene dos bancas y la restante es para la fuera política que la continúe en cantidad de votos. Si tal milagro político existiera, y teniendo en cuenta que el Senado se renueva por tercios, podría materializarse recién a partir del 10 de diciembre de 2023, dos años posteriores a la conclusión del actual mandato presidencial.

La explicación, por demás de sencilla, parece escapar a cada análisis político y jurídico (también político) que se viene desarrollando para oponerse a un proyecto que, reitero, lejos está aún de conocerse. En el país donde la justicia es una de las instituciones más desprestigiadas y donde el clamor por mejores jueces es unánime, “la justicia no se toca”. Sin contar con el dato estadístico y certero y sin pruebas, pero tampoco dudas, no es por nada que Argentina es el país más psicoanalizado del mundo.


Sobre el autor

Mariano Bär es abogado.

Diarios Argentinos