El Gobierno promulgó la ley de pago a jubilados y blanqueo de capitales

Con las firmas de Macri y Peña, se publicó hoy en el Boletín Oficial la norma que estable financiar la "reparación histórica" a través de lo recaudado con el llamado "sinceramiento fiscal", que el oficialismo espera que alcance los U$S 20.000.

El Gobierno nacional promulgó hoy la ley de blanqueo de capitales y pago a jubilados, aprobada por el Senado un mes atras, a través del decreto 881 publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri y el jefe de Gabinete, Marcos Peña.

De esta forma, fue oficializada la ley de "sinceramiento fiscal" aprobada por el Senado el pasado 29 de junio, con 55 votos a favor y 11 en contra, que crea un programa nacional de pago a jubilados y pensionados a través de lo recaudado por el blanqueo de capitales y del 7% del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses.

“Créase el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados con el objeto de implementar acuerdos que permitan reajustar los haberes y cancelar las deudas previsionales con respecto a aquellos beneficiarios que reúnan los requisitos establecidos por la presente ley", expresa el artículo 1° de la Ley 27260.

Con la implementación de esta norma, el Gobierno pretende una “reparación histórica” para los jubilados y pensionados que tengan juicios contra el Estado con sentencia favorable, en curso y también a quienes todavía no iniciaron acciones legales, a partir del dinero recaudado por el blanqueo de capitales, que esperan que alcance los U$S 20.000 millones. 

En este sentido, el documento especifica que el plazo para “el sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior" se extenderá "desde la entrada en vigencia de esta ley (es decir, a partir de hoy) hasta el 31 de marzo de 2017, inclusive".

Además,  señala que "no habrá ninguna limitación a la capacidad actual del Estado de intercambiar información, reportar, analizar, investigar y sancionar conductas que pudiesen encuadrar en los artículos 303 y 306 del Código Penal", es decir, si se descubren bienes provenientes de un ilícito penal o que se utilicen de cualquier modo en la comisión de delitos.  

 En esa línea, da autoridad a la Unidad de Información Financiera (UIF) para “comunicar información a otras entidades públicas con facultades de inteligencia o investigación". Mariano Federici, titular de la UIF, indicó la semana pasada que no se va a perseguir a los evasores que adhieran a la ley de blaqueo y solo se apuntará a aquellos que busquen “aprovechar el blanqueo para lavar dinero de un delito más grave”.

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