Declaran "inconstitucional" el DNU que redujo las indemnizaciones laborales

A través de un fallo "lapidario", el juez Alejandro Segura hizo lugar a una medida cautelar para suspender esta norma. La causa fue iniciada por el periodista deportivo “Tití” Fernández.

El juez Alejandro Segura, subrogante del Juzgado 41 del fuero laboral, declaró la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 669/2019, firmado por Mauricio Macri la semana pasada, que introdujo modificaciones en la fórmula para el cálculo de indemnizaciones por accidentes de trabajo que derivaran en incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador.

En un fallo de 118 páginas, en el cual se sumó al dictamen del fiscal Gabriel De Vedia, el magistrado resolvió hacer lugar a la medida cautelar que solicitó la suspensión de mencionado DNU, al concluir que el Ejecutivo nacional "se arrogó" facultades del Congreso y que los trabajadores accidentados no son los que tienen que solventar los desequilibrios de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

La resolución judicial fue lapidaria con la medida adoptada por Mauricio Macri. "¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para lxs trabajadorxs? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva? Voy a responder ambos interrogantes en forma negativa animado por el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General, si hubiera tenido la suerte de estudiar", planteó Segura.  

“Da la impresión que el Poder Ejecutivo opera como un comentarista de la realidad, desentendiéndose de su rol en la construcción del estado de cosas que critica. ¿A quién le es atribuible la responsabilidad de las variables económicas? ¿Quién fija la tasa de interés? ¿Quién es el responsable de los crecientes índices de costo de vida? Seguramente los trabajadores y las trabajadores enfermxs y accidentadxs nada han tenido que ver con ello”, agregó el juez laboral en otro apartado del fallo, que fue redactado en leguaje inclusivo.


La causa en juego

El caso al que se refiere este fallo corresponde a la demanda iniciada por el periodista deportivo Miguel “Titi” Fernández contra las empresas TyC Sports y Fox Sports, donde solicita una indemnización por accidente de trabajo por problemas coronarios, de alta presión y de estrés postraumático, luego de la cobertura del Mundial de Fútbol de Brasil de 2014 donde falleció su hija Soledad.


¿Qué decía el DNU declarado inconstitucional?

A través de esta norma, el Gobierno modificó la fórmula para calcular los montos e intereses de las indemnizaciones por accidentes de trabajo en caso de fallecimiento o incapacidad laboral definitiva.

"Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta la fecha en que deba realizarse la puesta a disposición de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado", estableció el DNU.

La tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) reemplazó a la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina, que era la que se utilizaba para el cálculo de este tipo de indemnizaciones, con lo cual los montos finales se reducen de manera notable.

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