Chile: “del salto del molinete” a una nueva Constitución

Luego de 29 días de estallido social, los distintos partidos políticos anunciaron el inicio del proceso para reemplazar la Carta Magna, una de las principales demandas de los manifestantes. Conocé la hoja de ruta.

Todo comenzó con un grupo de estudiantes secundarios saltando los molinetes en una estación de subte de Santiago, o por lo menos, esas fueron las primeras imágenes que se viralizaron de un conflicto que lleva 29 días en las calles, pero años subyacente en la sociedad chilena. Finalmente, los distintos partidos políticos (excepto el Partido Comunista) llegaron a un acuerdo y anunciaron el inicio del proceso hacia una nueva Constitución nacional, una de las principales demandas de los manifestantes.




Luego de arduas negociaciones, a las 2 de la mañana (hora chilena) el Gobierno y la oposición brindaron una conferencia de prensa en la que hicieron público el compromiso al que arribaron para poner un parate al estallido social y reemplazar la Constitución heredada de la dictadura del General Augusto Pinochet; fuertemente criticada, además de por su ilegitimidad de origen, por el rol residual del Estado en la provisión de servicios básicos tales como salud, educación y seguridad social.



¿Cuál es la hoja de ruta para reemplazar la Constitución chilena?




Plebiscito:

Se llevará a cabo en abril de 2020 y contendrá dos preguntas:

1. ¿Quiere usted una nueva Constitución? Apruebo o rechazo.

2. ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la nueva Constitución? Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional.

Con respecto al segundo interrogante, la  Convención Mixta Constitucional estaría conformada en partes iguales por miembros elegidos para esta oportunidad y por parlamentarias/os en ejercicio. En cambio, en el caso de la Convención Constituyente todos sus integrantes serían electos para este propósito.


Elección de los constituyentes:

La elección de los encargados de redactar la nueva Constitución se realizará en octubre de 2020, junto con los comicios de gobernadores regionales y alcaldes. Bajo sufragio universal con el mismo sistema electoral que rige en las elecciones de diputados.


Plebiscito ratificatorio:

El texto que redacte la Convención Constituyente será sometido a un plebiscito ratificatorio. Esta votación se hará mediante sufragio universal obligatorio y deberá efectuarse “60 días después” de entregada la propuesta, pero “en ningún caso este podrá realizarse 60 días antes ni después de una votación popular”.


Otros datos interesantes:

El plazo de funcionamiento del órgano constituyente será de hasta nueve meses, prorrogable por una sola vez por tres meses.

Las personas que actualmente ocupen cargos públicos y de elección popular cesarán en su cargo al momento de ser aceptada la candidatura como constituyente. Aquellos que hayan sido parte de la Convención no podrán ser candidatas/os a cargos de elección popular por el término de un año desde el cese de su mandato.

Diarios Argentinos