Caso de la niña violada: ¿por qué denunciaron a los médicos?

Un grupo de abogados realizó una denuncia penal por “homicidio calificado” contra Cecilia Ousset y José Alberto Gigena. ¿Los médicos actuaron fuera de la ley?.

El caso de la nena de 11 años de Jujuy violada y luego obligada a someterse a una cesárea tuvo su lamentable réplica en Tucumán, pero en este caso la situación fue más allá y ayer se conoció que un grupo de abogados realizó una denuncia penal por “homicidio calificado” contra Cecilia Ousset y José Alberto Gigena, los médicos que le practicaron la operación a la menor.

La resolución de la Justicia frente a esta denuncia puede sentar un peligroso precedente que torne casi inaccesible el acceso a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). ¿Qué se puede esperar de esta denuncia? ¿Los médicos actuaron fuera de la ley?

La situación era clara y la niña violada tenía derecho a que le practiquen una ILE. Desde 1921, el Código Penal en su artículo 86 establece dos supuestos de aborto no punible: cuando el embarazo es producto de una violación o cuando corre peligro la salud o la vida de la mujer embarazada. Y si quedaba alguna duda acerca de la referencia del cuerpo legal a “violación de mujer idiota o demente”, vino la Corte Suprema de Justicia a través del fallo FAL de 2012 a despejarlas.

“Toda mujer embarazada como resultado de una violación tiene derecho a acceder a un aborto no punible sin importar su capacidad intelectual, sin requerirse autorización judicial previa para acceder a la práctica y sin que exista obligación de realizar la denuncia penal del delito sino que basta con completar una declaración jurada en la que la mujer víctima de una violación manifieste que el embarazo es producto de ese delito”, precisó el máximo tribunal.

Sin embargo, la niña de 11 años, una vez más vulnerada en sus derechos, fue sometida a una cesárea de la cual nació, con 25 semanas de gestación, una bebé de 600 gramos que sobrevivió apenas 10 días.

Tras su deceso, un grupo de abogados tucumanos presentó una denuncia penal contra Gigena y Ousset. Se los acusa de homicidio calificado (Artículo 80 inc. 2), es decir, homicidio con “ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso” que conlleva una pena de prisión o reclusión perpetua.

Esta denuncia, conforme a lo que se conoce del caso, probablemente sea desestimada por no reunir los elementos típicos de la figura dolosa a la que aluden y esto porque un delito doloso es aquel que se comete con voluntad e intención a sabiendas de que está prohibido por la ley. No obstante, esta presentación judicial ya causa una señal de alarma y puede interpretarse como un método de amedrentamiento contra los profesionales de la salud que acceden a concretar esta práctica que la ley ampara.  

Así las cosas, hay un interrogante que surge tras esta denuncia. Según aseguró en entrevistas la abogada María Teresa Mockevich, una de las denunciantes, ella tuvo acceso a la historia clínica para poder fundar la presentación. Alrededor de esta situación, en cambio, sí habría un delito ya que conforme a la Ley de Derechos del paciente Nº 26.529 en su artículo 18 la historia clínica de un paciente es inviolable y el artículo siguiente dispone que solo puedan solicitarla "el paciente y su representante legal", “su cónyuge o la persona que conviva con el paciente (…)” y “los médicos y otros profesionales de la salud cuando cuenten con expresa autorización del paciente o de su representante legal”.

El caso:

El caso de la niña violada y embarazada llegó masivamente a los medios a través de la difusión de un estremecedor relato de la Dra. Ousset. “(…) Habían dicho que la nena de 11 años pesaba más de 50 kilos y les aseguro que es un cuerpo infantil. Cuando la vi estaba sentada en la cama jugando con unas muñequitas (…)”, sostuvo y aseguró que debió intervenir para colaborar con su esposo porque todos los presentes en el quirófano se declararon objetores de conciencia.

A partir de este relato se fue reconstruyendo el caso y se supo que la niña había sido abusada por la pareja de su abuela de 65 años, que su madre solicitó la aplicación de la ILE y que hasta la nena lo hizo, a su manera, al pedirle a una psicóloga “que le saquen eso que el viejo le puso adentro”.


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