Besarse no es un crimen

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal revocó un fallo de primera instancia y absolvió a Mariana Gómez, quien había sido condenada por besarse con su pareja mujer.


La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal revocó un fallo de primera instancia que sienta un precedente en la lucha contra la discriminación por motivos de género y clase social, contra el abuso de autoridad policial y absolvió a Mariana Gómez, quien había sido condenada por besarse con su pareja mujer y fumar.

Gómez fue condenada en 2019 a un año de prisión por resistencia a la autoridad y lesiones leves contra dos efectivos de la Policía de la Ciudad que la increparon.

El abogado defensor, Lisandro Teszkiewicz, sostuvo: “Mariana Gómez no cometió resistencia a la autoridad, ya que la autoridad se comportó de manera ilegítima. Mariana no es culpable de ningún delito porque se defendió legítimamente de una discriminación ilegítima”.

El hecho había ocurrido el 2 de octubre del 2017 en la estación Plaza Constitución de subte. Un empleado de Metrovías observó a la pareja lesbiana durante varios minutos. Molesto porque una de las jóvenes lloraba, interpretó por su cuenta que, como una de ellas tenía aspecto algo masculino, “estaba haciendo sufrir” a su novia de apariencia más femenina. El empleado le pidió al policía con el que tenía confianza, Jonatan Rojo, que se ocupara de la lesbiana con aspecto masculino. Llovía y muchas personas fumaban en la estación de transbordo, pero el oficial Rojo solamente increpó a Mariana Gómez, tratándola de “pibe”, para que dejara de fumar. Mariana respondió: “Termino el cigarrillo y me voy”. Y cuando la joven lesbiana intentaba irse, Jonatan Rojo se lo impidió, le tocó un pecho empujándola mientras le decía “pibe, vos no te vas”. El oficial convocó a la policía Karen Villarreal y entre ambos redujeron a Mariana Gómez, ante los pedidos desesperados de Rocío Girat, a quien los policías no quisieron reconocer como esposa de la detenida, y el pedido de auxilio de Mariana Gómez, que clamaba porque el oficial Rojo le apoyaba la rodilla con todo el peso de su cuerpo sobre la espalda y no le permitía respirar.

"Yo le aclaré que soy mujer, apagué el cigarrillo y me quise ir, pero él (por el oficial) se me pone adelante y ahí tuvimos un encontronazo, pero sin siquiera levantar la voz, tras lo cual me detiene", expresó Mariana, quien agregó que "estábamos fumando en un lugar sin paredes donde no había carteles y había más gente fumando".

Fue entonces cuando el agente de policía Jonathan Rojo se dirigió a ella en masculino diciéndole: "Pibe, ¡apagalo!".

Las jóvenes aseguraron en ese momento que la aprehensión fue un acto de lesbofobia, que se hizo evidente también en la forma de dirigirse a Mariana como "pibe" por parte de uno de los policías.

Los efectivos alegaron que Gómez respondió mal tras ser apercibida por estar fumando en un lugar prohibido.

El letrado destacó que "estamos muy contentos con este fallo, ya que durante estos cuatro años que Mariana se sometió a este proceso judicial sufrió mucho, perdió muchos trabajos pero ella quería probar su inocencia y no aceptó ninguna probation".

Explicó que tanto Mariana como su pareja Rocío sufrieron abusos en su infancia y en ningún momento la Justicia les dio respuestas a sus demandas, por lo que ahora al escuchar el fallo se pusieron a llorar porque sintieron que la Justicia les había dado esa respuesta".

"El fallo es muy importante para toda la comunidad LGBTQ, porque Casación reconoce que hubo un acto de discriminación tato del oficial de justicia como del empelado de Metrovías y la jueza de primera instancia que la condenó "hizo valoración de la prueba que continuó con esa discriminación".

Para los jueces "la orden de detención del oficial de Policía contra Mariana tiene su origen en un acto de discriminación por lo que ella tenía derecho a defenderse ya que no está obligada a soportar ese acto".

Y agregó "es difícil probar un acto de discriminación, pero en este caso los videos muestran que toda la gente se paró y observó que la estaban maltratando y ofrecieron su testimonio, pero la jueza de primera instancia no lo valoró así y consideró que esos testimonios eran sesgados".


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