La Justicia suspendió la llegada de los parquímetros a los barrios

El juez Francisco Ferrer hizo lugar a un amparo contra la ley que había habilitado la expansión del estacionamiento medido y frenó por tres meses toda licitación.

El magistrado Francisco Ferrer del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N.° 23 dictó una medida cautelar el viernes del expediente impulsado por el legislador Gustavo Vera y su asesor Gustavo Desplats, mediante el cual se ordenó la suspensión de todo proceso de licitación relacionado con el servicio de parquímetros y de acarreo, al hacer lugar a un recurso de amparo que pide la nulidad de la ley que habilitó al Poder Ejecutivo a instalar más dispositivos.

Los demandantes consideran "irregular" el procedimiento parlamentario con el que se votó la ley 5728 el 1.° de diciembre porque argumentan que la medida no alcanzó la cantidad de votos necesarios según lo que marca la ley. Fue votada a favor por 33 votos y 21 en contra; pero para los demandantes se necesitaban 40 votos.

En comunicación con La Nación, Gustavo Desplats denunció: "La ley estuvo mal sancionada, por lo que debería ser nula".

A la vez que explicó que la norma debió haberse aprobado por mayoría de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura. "Es decir, por al menos 40 diputados porque el artículo 82 de la Constitución porteña requiere esa cantidad de votos cuando se aprueba toda concesión, permiso de uso o constitución de cualquier derecho sobre inmuebles del dominio público, por más de cinco años", enfatizó.

Asimismo, detalló que los bienes que se entregan en concesión son diez predios públicos que alojarán las futuras playas de acarreo. "Dos de esos terrenos figuran catalogados como urbanización parque por lo que no permiten que las pisen autos. Por lo que se está modificando de facto y con un trámite parlamentario inadecuado el Código de Planeamiento Urbano", reveló.

Según los artículos 89 y 90 de la Constitución porteña, un cambio de ese tipo se debe aprobar en un proceso de doble lectura (en dos oportunidades) y audiencia pública de por medio por lo que el juez Ferrer admitió objeción y requirió que el Gobierno porteño acredite el cumplimiento del procedimiento de doble lectura por lo que por al menos tres meses no se podrá avanzar con ningún proceso abierto.

Voceros de la Secretaría de Transporte que dialogaron con La Nación detallaron que "no está previsto el procedimiento de doble lectura en la Constitución de la -ciudad para estos casos. No se está concesionando o afectando un bien de dominio público, sino directamente concesionando un servicio público de control y regulación del tránsito".

Y agregaron: "Los predios que se van a dar para acarreo son parte de la concesión del servicio. Al concesionario no se le va a otorgar un derecho de explotación o disposición del predio".

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