¿En qué consiste el proyecto de reforma laboral del Gobierno?

Según un informe realizado por el CEPA, el borrador del proyecto oficial prevé modificaciones que incluyen un blanqueo laboral, baja de indemnizaciones y baja de aportes patronales, entre otros puntos.

Un informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) da cuenta de las consecuencias y antecedentes de los cambios en la legislación que propone la Reforma Laboral del gobierno nacional.

Respecto del blanqueo laboral el proyecto contempla perdonar las multas, infracciones e incumplimientos de los empleadores previos a la Reforma. Si el blanqueo lo realizan dentro de los primeros seis meses se le condona el 100% de la deuda, y si lo hace en los segundos seis meses se le condona el 70%. A aquellos trabajadores que sean ingresados al blanqueo se les reconocerán 60 meses de aportes previsionales.

Por otro lado las contribuciones patronales se verán reducidas: “la propuesta establece un mínimo no imponible por trabajador que se actualizará por IPC INDEC y que arranca en $2.300 en 2018 y termina en $11.500 en 2022. Este es el eje central del recorte de contribuciones. Conjuntamente, se reducirían progresivamente las alícuotas de la actividad de servicios del 21% en 2018, medio punto por año hasta llegar al 19%, mientras que para resto de actividades arranca en 17% y se incrementa medio punto por año hasta llegar al 19%. En 2022 se unifican en 19%”, indica el informe.

Según el cálculo del CEPA hoy las contribuciones representan aproximadamente $371.457 millones, y en 2018, aplicando el mínimo no imponible y una inflación estimada del 1% mensual, se reducirían a $274.452 millones: el sistema de seguridad social dejará de recibir, a los niveles salariales de hoy, unos $43.000 millones, esto es un 11% de lo que se está recaudando.

“En los considerandos del decreto de diciembre de 1993 de Carlos Menem y Domingo Cavallo, que inició una serie de recortes drásticos de aportes y contribuciones, se argumentó que esas medidas establecerían ‘las bases para un crecimiento sostenido de la actividad y los niveles de ocupación’. Las contribuciones patronales totales al sistema pasaron del 33 por ciento en 1994, al 17,8 por ciento (promedio) en el 2000”, explica el informe.

Sin embargo, lejos de favorecer la creación de empleo, lo que hubo fueron picos en la tasa de desocupación y precariedad laboral. En 1994 se llegó a un 19,4% de desocupados. Hacia el año 2001 la informalidad trepaba al 50%. En 2004 la Encuesta Permanente de Hogares indicó uno de los picos más altos: 53,8% de asalariados sin aportes jubilatorios.

“En todo el período entre 1991 y 2001 los principales indicadores sociales y laborales fueron negativos, con preocupantes resultados en la tasa de empleo (caída al 34,5% hacia el final de la década), de desempleo (del 6 al 18%), de subempleo (del 7,9 al 16,3%), de población pobre (de 21,5 al 31,5%), población indigente (del 3,0 al 12,2%), y del salario real (con una caída cercana a los 7 puntos porcentuales).

También se modificará el cálculo de las indemnizaciones: se  quitan los pagos correspondientes a aguinaldo, horas extras, comisiones, premios o bonificaciones y todo tipo de pagos no regulares. Además, la actualización de los créditos laborales sometidos a juicios se hará mediante la variación del UVA (el utilizado para los créditos hipotecarios) y no más por la tasa del Banco Nación.

El plazo para iniciar demandas, que hoy prescribe a los dos años, caerá al año.

Los sindicatos y las empresas podrán negociar por convenio un Fondo de Cese Laboral, una suerte de seguro de desempleo con aportes del asalariado, además del empresario, para su propio despido. Este fondo reemplaza la responsabilidad que hoy tiene el empleador en los artículos 232 y 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (1976) sobre preaviso y despido sin causa.

Lo administra una asociación sin fines de lucro, el trabajador puede disponerlos si se jubila y si es retiro voluntario dispone del 50%

Por último se agregan a la Reforma las “prácticas formativas” para estudiantes y graduados con 18 años o más, con una duración máxima de 12 meses y 30 hs. semanales; y que cuentan con una “Asignación estimulo”, que es un ingreso no remunerativo según salario básico y según cantidad de horas.

“La propuesta se asemeja a las pasantías de la década de los noventa, donde casualmente se promovía una “asignación estimulo” no remunerativa. Esta propuesta extiende de algún modo el contrato a prueba a un año pero además permite hacerlo sin aportes ni contribuciones”, sentencia el informe del CEPA.

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